Código de ética y conducta empresarial de Seagate Technology plc

Aviso: el pasado 26 de abril de 2012, el consejo de administración de Seagate Technology Public Limited Company (la “Empresa”) adoptó un código ético (el “Código ético”) que anula y reemplaza el anterior código de ética y conducta empresarial de la Empresa. El Código ético afecta a todos los directores, responsables y empleados de la Empresa. El Código ético enmienda y corrige el anterior código de ética y conducta empresarial de la Empresa para proporcionar un enfoque basado en principios, en línea con la legislación y la normativa aplicables en lo que respecta a los códigos éticos. Esta descripción queda supeditada en su totalidad por referencia al texto completo del Código ético a continuación.

Código ético de Seagate Technology plc

Introducción
El presente Código ético afecta a todos los directores, responsables y empleados de Seagate Technology plc y sus filiales (la “Empresa”). El propósito de este Código ético es favorecer el comportamiento honesto y ético y el cumplimiento de la legislación, en lo que respecta al mantenimiento de los libros y registros de cuentas de la Empresa y la preparación de sus estados financieros. Las obligaciones de este Código ético complementan, pero no reemplazan, el resto de políticas de la Empresa aplicables a directores, responsables y empleados.

De conformidad con este Código ético, los sujetos por él afectados deben:

  1. Fomentar y participar del comportamiento ético, incluida la resolución ética de conflictos de intereses manifiestos o aparentes entre las relaciones personales y profesionales, y comunicar al asesor jurídico de la Empresa cualquier relación o transacción material que presumiblemente pudiera dar lugar a dichos conflictos.
  2. Cumplir con sus responsabilidades de forma honesta, de buena fe, con integridad y la diligencia debida, ejerciendo en todo momento un juicio independiente adecuado.
  3. Colaborar en la revelación completa, justa, precisa, oportuna y comprensible en informes y documentos que la Empresa presente o envíe a cualquier órgano regulador pertinente, incluida la Securities and Exchange Commission (Comisión del mercado de valores estadounidense, “SEC”) y en otras comunicaciones públicas realizadas por la Empresa.
  4. Cumplir con las leyes, normativas y reglamentos pertinentes de los gobiernos federales, estatales y locales y otras agencias reguladoras correspondientes.
  5. Informar puntual, abierta y confidencial o anónimamente al comité de auditoría del consejo de administración de la Empresa o al asesor jurídico acerca de (i) cualquier asunto cuestionable relativo a la contabilidad, los controles internos de contabilidad o de auditoría; (ii) el incumplimiento de los requisitos legales y normativos aplicables del presente Código ético; o (iii) represalias contra empleados o cualquier persona que, de buena fe, haga alegaciones acerca de asuntos relativos a esta sección 5 (i) o (ii) a través de cualquier medio disponible, entre los que se incluyen:
    1. por escrito al asesor jurídico, c/o Seagate Technology, 10200 South De Anza Boulevard, Cupertino, CA 95014-3029 o mediante correo electrónico a ethics@seagate.com;
    2. por escrito al presidente del comité de auditoría, c/o Seagate Technology, 10200 South De Anza Boulevard, Cupertino, CA 95014-3029 o
    3. por teléfono a la línea de ayuda para asuntos éticos de Seagate: 1-800-968-4925 o a través del sitio web de ayuda para asuntos éticos de Seagate: https://seagate.alertline.com/, ambos con disponibilidad ininterrumpida.

    Los avisos deben basarse en hechos y no en especulaciones o conclusiones, y deben aportar la mayor cantidad de información específica posible para permitir una evaluación apropiada. Asimismo, dichos avisos deben aportar suficiente información corroborada para permitir la apertura de una investigación, por ejemplo: los nombres de los sujetos bajo sospecha de haber cometido una irregularidad, hechos relevantes de dichas irregularidades, el modo en que la persona tuvo conocimiento de esta irregularidad, cualquier paso previo dado por la persona supuestamente perjudicada o afectada por las irregularidades y, en la medida de lo posible, una estimación de los informes erróneos o pérdidas causadas a la Empresa como resultado de las irregularidades.
  6. Nunca se debe llevar a cabo, directa o indirectamente, acción alguna para coaccionar, manipular, confundir o influenciar fraudulentamente a los auditores independientes de la Empresa en el curso de la auditoría o la revisión de los estados financieros de la Empresa.
  7. Se le hace responsable de la adhesión a este Código ético, como también a los otros directores, responsables y empleados de la Empresa.

Únicamente el consejo de administración de la Empresa puede otorgar dispensas de lo provisto en este Código ético para directores o directores generales (incluidos el director general de la Empresa, el director financiero, de contabilidad, el interventor o cargos que realicen funciones similares). Cualquier dispensa deberá ser comunicada puntualmente de acuerdo con la reglamentación y normativa aplicables (incluida la normativa de mercado de Nasdaq).

La Empresa llevará a cabo las acciones necesarias para hacer cumplir este Código ético, incluido el cese inmediato. El incumplimiento de este Código ético también puede ser constitutivo de violaciones de la ley que pueden hacer incurrir tanto al sujeto como a la Empresa en delitos civiles y penales.

En caso de duda acerca del modo de aplicación de este Código ético a una situación en particular, es preciso ponerse en contacto inmediatamente con el asesor jurídico de la Empresa o con un miembro del departamento legal de los citados más adelante. Asimismo, los directores, responsables y empleados de la Empresa deben revisar el resto de políticas de la Empresa por las que se ven afectados.

Kenneth M. Massaroni, vicepresidente ejecutivo, asesor jurídico, director administrativo y secretario del consejo de administración
Lugar: Cupertino, California (EE. UU.)
Telf.: 408-658-1280
Correo electrónico: kenneth.m.massaroni@seagate.com

Regan J. MacPherson, asesor jurídico adjunto
Lugar: Cupertino, California (EE. UU.)
Telf.: 408-658-1275
Correo electrónico: regan.j.macpherson@seagate.com

Eric R. Pesik, asesor jurídico asociado, Asia
Lugar: Singapur (Singapur)
Telf.: 65-648-54321
Correo electrónico: eric.r.pesik@seagate.com

JinGang (Edward) Wu, gerente de contratos, China
Lugar: SuZhou (China)
Telf.: 86-512-62735072
Correo electrónico: edward.wu@seagate.com

Kevin M. Cope, abogado, EMEA
Lugar: Dublín (Irlanda)
Telf.: 353-1-234-3137
Correo electrónico: kevin.m.cope@seagate.com

Fecha de entrada en vigor: 26 de abril de 2012