Salvo acuerdo contrario por escrito con la Administración de Comercio Internacional (“ITA”) de Seagate:
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se instalarán en instalaciones que se dediquen, directa o indirectamente, a la investigación, el diseño, el desarrollo, la fabricación, la construcción, las pruebas, el funcionamiento o el mantenimiento de cualquiera de las siguientes actividades:
- Armas nucleares o artefactos explosivos nucleares;
- Reactores nucleares no sometidos a medidas de seguridad, instalaciones críticas, instalaciones para la fabricación de combustible nuclear, instalaciones para la conversión de material nuclear de una forma química a otra, o instalaciones de almacenamiento independientes;
- Instalaciones, o componentes para dichas instalaciones:
- Instalaciones para el tratamiento químico de materiales nucleares especiales irradiados o materiales básicos;
- Instalaciones para la producción de agua pesada;
- Instalaciones para la separación de isótopos de materiales nucleares especiales; o
- Instalaciones para la fabricación de combustible para reactores nucleares que contenga plutonio; o
- Proyectos de propulsión nuclear marítima.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se instalarán en instalaciones que se dediquen, directa o indirectamente, al diseño, desarrollo, producción, funcionamiento, instalación, mantenimiento (revisión), reparación, revisión o reacondicionamiento de sistemas de cohetes, lanzaderas espaciales, cohetes sonda o sistemas de vehículos aéreos no tripulados, tal y como se establece en la Parte 744.3 del Reglamento de Administración de Exportaciones.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se instalarán en una instalación que se dedique, directa o indirectamente, a diseñar, desarrollar, producir, almacenar, operar, instalar, mantener (revisar), reparar, revisar o reacondicionar armas químicas o biológicas, o precursores.
- El Cliente no es un "usuario final militar", tal y como se define a continuación, y los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para un "uso final militar", tal y como se define a continuación:
Por «usuario final militar» se entienden las fuerzas armadas nacionales (ejército, armada, infantería de marina, fuerza aérea o guardia costera), así como la guardia nacional y la policía nacional, las organizaciones gubernamentales de inteligencia o reconocimiento, o cualquier persona o entidad cuyas acciones o funciones estén destinadas a apoyar «usos finales militares». En el Suplemento n.º 7 de la Parte 744 del Reglamento de Administración de Exportaciones (EAR, por sus siglas en inglés) se pueden encontrar listados específicos, aunque esta lista no es exclusiva ni exhaustiva, y las partes no identificadas en esta lista también pueden calificar como usuarios finales militares según la definición anterior.
“Uso final militar” significa la incorporación en: un artículo militar descrito en la Lista de Municiones de los Estados Unidos (USML) (22 CFR parte 121, Reglamento Internacional sobre el Tráfico de Armas) o en la Lista de Municiones del Acuerdo de Wassenaar; productos clasificados en la Lista de Control de Comercio de los Estados Unidos bajo los Números de Clasificación de Control de Exportaciones (ECCN) que terminan en “A018” o bajo los ECCN de la “serie 600”; o cualquier producto diseñado para el “uso”, “desarrollo”, “producción” o despliegue de artículos militares descritos en la USML, la Lista de Municiones del Acuerdo de Wassenaar o clasificados bajo ECCN que terminan en “A018” o bajo ECCN de la “serie 600”.
- El Cliente no es un "usuario final de inteligencia militar", tal y como se define a continuación, y los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para un "uso final de inteligencia militar", tal y como se define a continuación:
“Usuario final de inteligencia militar": cualquier organización de inteligencia o reconocimiento de los servicios armados (ejército, armada, marina, fuerza aérea o guardia costera); o guardia nacional. Los usuarios finales de inteligencia militar sujetos a esta definición incluyen, entre otros, los siguientes:
- Cuba. Dirección de Inteligencia Militar (DIM) y Dirección de Contrainteligencia Militar (CIM).
- China. Oficina de Inteligencia del Departamento de Estado Mayor Conjunto.
- Irán. Organización de Inteligencia del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (IRGC-IO) y Dirección de Inteligencia de Artesh (J2).
- Corea del Norte. Oficina General de Reconocimiento (RGB).
- Rusia. Dirección Principal de Inteligencia (GRU).
- Siria. Servicio de Inteligencia Militar.
- Venezuela. Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM).
Por "uso final de inteligencia militar" se entenderá el diseño, "desarrollo", "producción", uso, funcionamiento, instalación (incluida la instalación in situ), mantenimiento (comprobación), reparación, revisión o reacondicionamiento, o la incorporación a artículos descritos en la Lista de Municiones de los EE. UU. (USML) (22 CFR Parte 121, Reglamento sobre Tráfico Internacional de Armas), o clasificados bajo los ECCN que terminen en "A018" o bajo ECCN de la "serie 600", que estén destinados a apoyar las acciones o funciones de un "usuario final de inteligencia militar".
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán directa o indirectamente a Rusia o Bielorrusia, ni se incorporarán a artículos que vayan a transferirse a Rusia o Bielorrusia.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán a Cuba, Irán, Corea del Norte, Siria, la región de Crimea, la República Popular de Donetsk, la República Popular de Lugansk, la región de Zaporiyia, Jersón u otro territorio de Ucrania ocupado por Rusia, ni a ningún otro destino sujeto a un embargo aplicable.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán directa o indirectamente a ninguna de las partes o direcciones que figuran en las listas de partes restringidas de los Estados Unidos, incluidas, entre otras, la Lista de ciudadanos especialmente designados y personas bloqueadas («SDN»), la Lista de entidades y la Lista de usuarios finales militares (disponibles en https://www.trade.gov/consolidated-screening-list), listas de partes restringidas del Reino Unido (disponibles en https://sanctionssearchapp.ofsi.hmtreasury.gov.uk/), listas de partes restringidas de la Unión Europea (disponibles en https://data.europa.eu/data/datasets/consolidated-list-of-persons-groups-and-entities-subject-to-eu-financial-sanctions?locale=es) o en cualquier otra lista de partes restringidas aplicable, incluidas las filiales del Cliente que figuren en la lista, así como cualquier entidad que sea propiedad en un 50 % o más, directa o indirectamente, o que esté controlada por una o más de las personas que figuran en la lista.
Usted deberá notificar a Seagate ([email protected]) tres semanas antes de iniciar actividades comerciales que involucren a cualquiera de dichas partes. Seagate se reserva el derecho de rechazar transacciones comerciales en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de la notificación previa. - Los productos, software o tecnología de Seagate no se transferirán directa ni indirectamente a ninguna parte sujeta a las restricciones de la Regla de Productos Extranjeros Directos (“FDPR”) de los Estados Unidos, como se indica en las designaciones de las notas al pie 1, 3, 4 y 5 de la Lista de Entidades de los EE. UU., ni a ninguna afiliada de dichas partes; ni se adquirirán, usarán ni transferirán para su incorporación o uso en el desarrollo o la producción de cualquier artículo producido, comprado u ordenado por dichas partes o cualquier afiliada de dichas partes.
Proporcionará a Seagate ([email protected]) una notificación tres semanas antes de participar en actividades comerciales que involucren a cualquier filial de las partes del FDPR. Seagate se reserva el derecho de rechazar transacciones comerciales en un plazo de dos semanas a partir de la recepción de la notificación previa. - Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para el desarrollo, la producción, el uso, el funcionamiento, la instalación (incluida la instalación in situ), el mantenimiento (comprobación), la reparación, la revisión o la renovación de un "superordenador", y no se incorporarán ni utilizarán para el desarrollo o la producción de ningún componente o equipo que se vaya a utilizar en un "superordenador" situado en China, Macao o cualquier otro país del Grupo de Países D:5 del Departamento de Comercio de EE. UU., o con destino a dichos países. (A los efectos de esta disposición, se entenderá por "superordenador" un sistema informático con una capacidad de cálculo teórica máxima colectiva de 100 o más petaflops de doble precisión (64 bits) o 200 o más petaflops de precisión única (32 bits) dentro de una envolvente de 41.600 pies3 o inferior).
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para (i) el desarrollo o la producción de componentes, ensamblajes, accesorios o equipos para la fabricación de semiconductores ("Fabricación de semiconductores") en China o Macao o cualquier otro país del Grupo de países D:5 del Departamento de Comercio de los Estados Unidos o (ii) ya sea en su forma original o incorporados posteriormente a un artículo fabricado en el extranjero, el desarrollo o la producción de un artículo de fabricación de semiconductores fabricado en el extranjero por una entidad con sede en, o cuya matriz final tenga su sede en, China o Macao o cualquier otro país del mencionado Grupo de países D:5.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán en el desarrollo o la producción de circuitos integrados en instalaciones que produzcan circuitos integrados de nodo avanzado (tal y como se definen a continuación) ubicadas en China o Macao o en cualquier otro país del Grupo de Países D:5 del Departamento de Comercio de EE.UU..
Los circuitos integrados de nodos avanzados son los siguientes
- Circuitos integrados lógicos que utilizan una arquitectura de transistores no planares o con un nodo tecnológico de producción de 16/14 nanómetros o menos;
- Circuitos integrados de memoria NOT AND (NAND) con 128 capas o más; y
- Circuitos integrados de memoria dinámica de acceso aleatorio (DRAM) que poseen: (i) un área de celda de memoria inferior a 0,0026 µm^2; (ii) una densidad de memoria superior a 0,20 gigabits por milímetro cuadrado; o (iii) más de 3000 vías de silicio pasante por matriz.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán, ni siquiera mediante el uso de tecnología de vigilancia, para infringir la legislación nacional o internacional aplicable, para infringir los derechos de terceros o para actividades o conductas que perjudiquen el nombre, la reputación o el fondo de comercio asociados a Seagate.
El cliente mantiene procedimientos diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones de control de exportaciones aplicables, incluidas las Regulaciones de Administración de Exportaciones de los Estados Unidos. Estos procedimientos incluyen el seguimiento de la evolución de las leyes y reglamentos, la realización de la debida diligencia relativa a las partes restringidas y a la lucha contra el desvío de productos, y la inclusión de los requisitos de cumplimiento comercial en los contratos de venta y distribución de los clientes intermedios del Cliente, según corresponda.
El Cliente comprende que, en caso de que no cumpla con los términos de esta Certificación, Seagate podrá suspender inmediatamente las actividades comerciales con el Cliente.