A menos que se acuerde lo contrario por escrito con Seagate:
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se instalarán en una instalación que se dedique, directa o indirectamente, a la investigación, el diseño, el desarrollo, la fabricación, la construcción, las pruebas, la operación o el mantenimiento de cualquiera de los siguientes:
- Armas nucleares o dispositivos explosivos nucleares;
- Reactores nucleares no protegidos, instalaciones críticas, instalaciones para la fabricación de combustible nuclear, instalaciones para la conversión de material nuclear de una forma química a otra, o instalaciones de almacenamiento separadas;
- Instalaciones, o componentes para dichas instalaciones:
- Instalaciones para el procesamiento químico de material nuclear o fuente especial irradiado;
- Instalaciones para la producción de agua pesada;
- Instalaciones para la separación de isótopos de material nuclear especial; o
- Instalaciones para la fabricación de combustible para reactores nucleares que contiene plutonio; o
- Proyectos de propulsión nuclear marítima.
- Los productos, software o tecnología de Seagate no se instalarán en una instalación que se dedique, directa o indirectamente, al diseño, desarrollo, producción, operación, instalación, mantenimiento (verificación), reparación, revisión o reacondicionamiento de sistemas de cohetes, vehículos de lanzamiento espacial, cohetes sonda o sistemas de vehículos aéreos no tripulados, según lo establecido en la Parte 744.3 del EAR.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se instalarán en instalaciones que se dediquen, directa o indirectamente, al diseño, desarrollo, producción, almacenamiento, operación, instalación, mantenimiento (verificación), reparación, revisión o reacondicionamiento de armas químicas o biológicas, o precursores.
- El cliente no es un “usuario final militar” según se define a continuación, y los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para un “uso final militar” según se define a continuación.
El término "usuario final militar" se refiere a las fuerzas armadas nacionales (ejército, armada, infantería de marina, fuerza aérea o guardia costera), así como a la guardia nacional y la policía nacional, las organizaciones gubernamentales de inteligencia o reconocimiento, o cualquier persona o entidad cuyas acciones o funciones estén destinadas a apoyar "usos finales militares". Puede consultar una lista específica en el Suplemento n.º 7 de la Parte 744 del Reglamento de Administración de Exportaciones (EAR), si bien esta lista no es exhaustiva ni exclusiva, y las partes no identificadas en ella también pueden considerarse usuarios finales militares según la definición anterior.
“Uso final militar” significa la incorporación en: un artículo militar descrito en la Lista de Municiones de los Estados Unidos (USML) (22 CFR parte 121, Reglamento Internacional sobre el Tráfico de Armas) o en la Lista de Municiones del Acuerdo de Wassenaar; productos clasificados en la Lista de Control de Comercio de los Estados Unidos bajo los Números de Clasificación de Control de Exportaciones (ECCN) que terminan en “A018” o bajo los ECCN de la “serie 600”; o cualquier producto que esté diseñado para el “uso”, “desarrollo”, “producción” o despliegue de artículos militares descritos en la USML, la Lista de Municiones del Acuerdo de Wassenaar o clasificados bajo ECCN que terminan en “A018” o bajo ECCN de la “serie 600”.
- El cliente no es un “usuario final de inteligencia militar” según se define a continuación, y los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para un “uso final de inteligencia militar” según se define a continuación:
“Usuario final de inteligencia militar” significa cualquier organización de inteligencia o reconocimiento de los servicios armados (ejército, armada, infantería de marina, fuerza aérea o guardia costera); o guardia nacional. Los usuarios finales de inteligencia militar sujetos a esta definición incluyen, entre otros, los siguientes:
- Cuba. Dirección de Inteligencia Militar (DIM) y Dirección de Contrainteligencia Militar (CIM).
- China. Oficina de Inteligencia del Departamento del Estado Mayor Conjunto.
- Irán. Organización de Inteligencia del Cuerpo de la Guardia Revolucionaria Islámica (IRGC-IO) y Dirección de Inteligencia de Artesh (J2).
- Corea del Norte. Oficina General de Reconocimiento (RGB).
- Rusia. Dirección Principal de Inteligencia (GRU).
- Siria. Servicio de Inteligencia Militar.
- Venezuela. Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM).
“Uso final de inteligencia militar” significa el diseño, “desarrollo”, “producción”, uso, operación, instalación (incluida la instalación en el sitio), mantenimiento (verificación), reparación, revisión o reacondicionamiento de, o incorporación a, artículos descritos en la Lista de Municiones de los Estados Unidos (USML) (22 CFR parte 121, Reglamento Internacional de Tráfico de Armas), o clasificados bajo ECCN que terminan en “A018” o bajo ECCN de la “serie 600”, que están destinados a apoyar las acciones o funciones de un “usuario final de inteligencia militar”.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán directa ni indirectamente a Rusia o Bielorrusia, ni se incorporarán a artículos que se transfieran a Rusia o Bielorrusia.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán a Cuba, Irán, Corea del Norte, Siria, la región de Crimea, la República Popular de Donetsk, la República Popular de Luhansk, la región de Zaporizhzhia, Kherson ni a ningún otro territorio de Ucrania ocupado por Rusia, ni a ningún otro destino sujeto a un embargo aplicable.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se transferirán, directa ni indirectamente, a ninguna parte ni dirección incluida en las listas de partes restringidas de Estados Unidos, incluidas, entre otras, la Lista de Nacionales Especialmente Designados y Personas Bloqueadas (SDN), la Lista de Entidades y la Lista de Usuarios Finales Militares (disponibles en https://www.trade.gov/consolidated-screening-list), las listas de partes restringidas del Reino Unido (disponibles en https://sanctionssearchapp.ofsi.hmtreasury.gov.uk/), las listas de partes restringidas de la Unión Europea (disponibles en https://data.europa.eu/data/datasets/consolidated-list-of-persons-groups-and-entities-subject-to-eu-financial-sanctions?locale=en) ni ninguna otra lista de partes restringidas aplicable, incluidas las filiales del Cliente que figuren en dichas listas, así como cualquier entidad que sea propiedad, directa o indirectamente, o controlada en un 50 % o más por una o más de las partes incluidas en las listas. persona(s).
Deberá notificar a Seagate ([email protected]) con tres semanas de antelación antes de participar en actividades comerciales que involucren a cualquiera de dichas partes. Seagate se reserva el derecho de rechazar transacciones comerciales dentro de las dos semanas posteriores a la recepción de la notificación previa. - Los productos, software o tecnología de Seagate no se transferirán directa ni indirectamente a ninguna parte sujeta a las restricciones de la Regla de Productos Extranjeros Directos (“FDPR”) de los Estados Unidos, como se indica en las designaciones de las notas al pie 1, 3, 4 y 5 de la Lista de Entidades de los EE. UU., ni a ninguna afiliada de dichas partes; ni se adquirirán, usarán ni transferirán para su incorporación o uso en el desarrollo o la producción de cualquier artículo producido, comprado u ordenado por dichas partes o cualquier afiliada de dichas partes.
Deberá notificar a Seagate ([email protected]) con tres semanas de antelación antes de participar en actividades comerciales que involucren a cualquiera de dichas partes. Seagate se reserva el derecho de rechazar transacciones comerciales dentro de las dos semanas posteriores a la recepción de la notificación previa. - Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para el desarrollo, la producción, el uso, la operación, la instalación (incluida la instalación en el sitio), el mantenimiento (verificación), la reparación, la revisión o el reacondicionamiento de una “supercomputadora”, y no se incorporarán ni se utilizarán para el desarrollo o la producción de ningún componente o equipo que se utilizará en una “supercomputadora” ubicada o destinada a China, Macao o cualquier otro país del Grupo de Países D:5 del Departamento de Comercio de los Estados Unidos. (A los efectos de esta disposición, el término “supercomputadora” significa un sistema informático que tiene una capacidad de cálculo teórica máxima colectiva de 100 o más petaflops de doble precisión (64 bits) o 200 o más petaflops de precisión simple (32 bits) dentro de un espacio de 41.600 ft3 o menor).
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán para (i) el desarrollo o la producción de componentes, ensamblajes, accesorios o equipos para la fabricación de semiconductores ("Fabricación de semiconductores") en China o Macao o cualquier otro país del Grupo de países D:5 del Departamento de Comercio de los Estados Unidos o (ii) ya sea en su forma original o como se incorpore posteriormente a un artículo fabricado en el extranjero, el desarrollo o la producción de un artículo de fabricación de semiconductores fabricado en el extranjero por una entidad con sede en, o cuya matriz final tiene su sede en, China o Macao o cualquier otro país del mencionado Grupo de países D:5.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán en el desarrollo o la producción de circuitos integrados en instalaciones que producen circuitos integrados de nodo avanzado (como se define a continuación) ubicadas en China o Macao o cualquier otro país del Grupo de Países D:5 del Departamento de Comercio de los Estados Unidos.
Los circuitos integrados de nodos avanzados incluyen lo siguiente:
- Circuitos integrados lógicos que utilizan una arquitectura de transistor no planar o con un nodo de tecnología de producción de 16/14 nanómetros o menos;
- Circuitos integrados de memoria NOT AND (NAND) con 128 capas o más; y
- Circuitos integrados de memoria dinámica de acceso aleatorio (DRAM) que poseen: (i) un área de celda de memoria inferior a 0,0026 µm^2; (ii) una densidad de memoria superior a 0,20 gigabits por milímetro cuadrado; o (iii) más de 3000 vías de silicio por chip.
- Los productos, el software o la tecnología de Seagate no se utilizarán, incluso mediante el uso de tecnología de vigilancia, en violación de la legislación nacional o internacional aplicable, en violación de los derechos de terceros, o para actividades o conductas que afecten negativamente el nombre, la reputación o el prestigio asociados con Seagate.
El cliente mantiene procedimientos diseñados para cumplir con las leyes y regulaciones de control de exportaciones aplicables, incluidas las Regulaciones de Administración de Exportaciones de EE. UU. Estos procedimientos incluyen el seguimiento de las novedades en materia de leyes y regulaciones, la realización de la debida diligencia con respecto a partes restringidas y la prevención de desvíos, y la inclusión de los requisitos de cumplimiento comercial en los contratos de venta y distribución de los clientes finales del cliente, según corresponda.
El Cliente entiende que, en caso de que el Cliente no cumpla con los términos de esta Certificación, Seagate podrá suspender inmediatamente las actividades comerciales con el Cliente.